a) Contener impreso el nombre, denominación o razón social, y clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien los expide.
b) Contener el domicilio fiscal. Tratándose de contribuyentes que tengan más de un local o establecimiento, se debe señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan los comprobantes fiscales.
c) Valor de los actos o actividades realizados sin efectuar la separación expresa de los impuestos que se trasladan.
d) Cantidad y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o gocen que amparen.
f) Lugar y fecha de expedición.
g) El importe total de la operación consignado en número o en letra.
h) Contener impreso el número de folio en forma consecutiva previamente a su utilización.
Deben elaborarse en original y copia; esta última se entrega al cliente, y el contribuyente conserva los originales para empastarlos en orden.
Asimismo, deberán expedir dichos comprobantes si quien adquiera bienes o reciba servicios los solicitan, por operaciones menores a 100 pesos no están obligados a expedirlos.
Si entrega a sus clientes alguna factura con el IVA desglosado, no podrá continuar en régimen de pequeños contribuyentes.